08-30-2005, 11:44 AM
El Senado nacional respaldó la sanción que la Subsecretaría de Defensa del Consumidor le aplicó a la empresa Telecom por \"publicidad engañosa\" por los servicios de Internet prestados a través de la firma Arnet.
\"La empresa -indicó el comunicado- por una parte había anunciado un aumento de la velocidad de la banda ancha y, por otra, que eliminaría la tarifa plana, es decir que a partir de junio de 2005 facturaría a sus clientes 15 pesos más IVA por cada gigabyte que exceda en la utilización de los servicios, respecto de un cupo previamente asignado\". En consecuencia, Arnet no podrá, como quería desde el año pasado, facturar por exceso de Gigas en la transferencia de sus planes de ADSL.
El texto señaló que \"la pretensión de la empresa de aplicar estas modificaciones a toda su red de clientes, en forma unilateral y sin consentimiento ni aceptación alguna por parte de los mismos, importaría una clara modificación de los servicios contratados por los usuarios y un incumplimiento del contrato previamente pactado\".
El comunicado destacó que \"en función de todo ello, es que se dispuso, preventivamente, que la empresa se abstenga de realizar cualquier cambio en las modalidades del servicio contratado sin previo consentimiento y/o requerimiento de sus clientes, suministrando información veraz, adecuada y suficiente respecto de las características esenciales del mismo\".
fuente: vivalinux
\"La empresa -indicó el comunicado- por una parte había anunciado un aumento de la velocidad de la banda ancha y, por otra, que eliminaría la tarifa plana, es decir que a partir de junio de 2005 facturaría a sus clientes 15 pesos más IVA por cada gigabyte que exceda en la utilización de los servicios, respecto de un cupo previamente asignado\". En consecuencia, Arnet no podrá, como quería desde el año pasado, facturar por exceso de Gigas en la transferencia de sus planes de ADSL.
El texto señaló que \"la pretensión de la empresa de aplicar estas modificaciones a toda su red de clientes, en forma unilateral y sin consentimiento ni aceptación alguna por parte de los mismos, importaría una clara modificación de los servicios contratados por los usuarios y un incumplimiento del contrato previamente pactado\".
El comunicado destacó que \"en función de todo ello, es que se dispuso, preventivamente, que la empresa se abstenga de realizar cualquier cambio en las modalidades del servicio contratado sin previo consentimiento y/o requerimiento de sus clientes, suministrando información veraz, adecuada y suficiente respecto de las características esenciales del mismo\".
fuente: vivalinux